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Se prohibirá en Azerbaiyán sustituir la duración mínima de las vacaciones laborales por una compensación económica.

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  La prohibición de sustituir la duración mínima de las vacaciones laborales (21 días calendario) por una compensación económica está prevista en las modificaciones propuestas al Código de Trabajo; se propone introducir las enmiendas correspondientes en dicho código, informa 1news.az citando a APA.

Según el proyecto, a excepción del caso previsto en el artículo 144, parte 2 del Código de Trabajo (pago de compensación al finalizar las relaciones laborales), se propone prohibir la sustitución por compensación económica de la duración mínima de las vacaciones laborales —21 días calendario— establecida en el artículo 114, parte 2 del Código.

Además, el proyecto de ley aclara el concepto de aplazamiento de las vacaciones laborales o de una parte de las mismas a otro período, y define de manera más detallada y clara los casos en los que se permite dicho aplazamiento.

Como parte del proyecto, también se introducirán modificaciones correspondientes en otras leyes sectoriales que regulan este derecho.

 

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